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Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del D.F.
De conformidad a las facultades y atribuciones que establecen los artículos 242 y 244, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, los cuales señalan:
“Artículo 242. La Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal tendrá a su cargo las facultades de control y la inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que fijan las leyes aplicables a los órganos, servidores públicos y empleados del propio Tribunal Superior de Justicia, incluyendo a los del Consejo de la Judicatura, ambos del Distrito Federal…
…Artículo 244. La Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal contará con las siguientes atribuciones:
I. Vigilar el cumplimiento de las normas de control establecidas por la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos;
II. Comprobar el cumplimiento, por parte de los servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, de las disposiciones en materia de planeación, presupuesto, ingresos, egresos, financiamiento, patrimonio y fondos;
III. Llevar el registro y seguimiento de la situación patrimonial de los servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a que se refiere la fracción VI del artículo 80 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos;
IV. Inspeccionar y vigilar el cumplimiento de las normas y disposiciones relativas a los sistemas de registro y contabilidad contratación y pago de personal, contratación de servicios y recursos materiales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal;
V. Establecer las sanciones correspondientes y dar cuenta al Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal para su correspondiente aplicación; y
VI. Las demás que determinen las leyes, los reglamentos y acuerdos generales correspondientes.”
Los servidores públicos, tanto del Tribunal como del Consejo tienen la obligación de presentar declaración patrimonial, así como, la de elaborar acta entrega recepción por algún movimiento de personal en su situación laboral.
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